Las motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos no podrán circular en el Municipio de Bucaramanga de lunes a domingo y días festivos, en el horario comprendido entre las 12:00 de la noche y las 4:00 de la mañana del día siguiente.
La medida quedó en firme, mediante la expedición de la Resolución No 608 de 2013, vigente a partir de este 18 de noviembre.
Vale aclarar, que la prohibición del tránsito de motocicletas en horario nocturno, no aplica para los vehículos destinados al servicio de la Policía Nacional y fuerzas militares, Poder Judicial, Fiscalía General de la Nación y Cuerpo Técnico de Investigaciones, el Inpec, las autoridades de Tránsito y Transporte, los organismos de socorro y servicios hospitalarios de urgencia, los servicios de escolta y de seguridad privada debidamente identificados, los servicios públicos domiciliarios, la prensa identificada y los vehículos destinados al servicio de empleados, mensajería de empresas inscritas y registradas en la Cámara de Comercio, que laboren en los horarios de restricción anteriormente señalados.
La disposición establece que en ningún caso existirá restricción para quien transite en cumplimiento de su actividad laboral, siempre y cuando los conductores se encuentren desarrollando el objeto de su contrato y porten la certificación de la empresa, el carnet actualizado que acredite su vinculación, así como una copia de la Cámara de Comercio o Rut.





0 comentarios
Aún no hay comentarios en Restringen tránsito de motocicletas en horas nocturnas en Bucaramanga. Puedes hacer uno.