La cultura del aborto clandestino

Escrito por Boletin de Noticias. Publicado en Salud, Sin categoría, Vida y Estilo

Fecha de publicación: septiembre 14, 2012 con 0 Comentarios

Las guías del Congreso Americano de Ginecólogos y Obstetras (ACOG) definen aborto como la pérdida, sea espontánea o inducida, de un embarazo antes de las 20 semanas de gestación, es decir, antes de que el feto sea viable fuera del útero. Los abortos ocurren en aproximadamente el 15 al 20 por ciento de los embarazos, la mayoría durante las primeras 13 semanas.

Para la Organización Mundial de la Salud (OMS) el aborto inseguro es un procedimiento para terminar un embarazo llevado a cabo por personas que carecen de las habilidades necesarias, o en condiciones carentes de los estándares médicos mínimos.

Por su carácter clandestino no existen cifras exactas sobre el número de abortos inducidos en Colombia. Según el instituto Guttmacher, centro de estudio de la salud sexual y reproductiva aliado a la OMS, se estima que para el año 2008, de 400.412 abortos inducidos, 22 fueron interrupciones legales del embarazo. Es decir que cerca del cien por ciento fueron abortos ilegales.

Ese pequeño porcentaje de abortos legales que se realizaron en instituciones de salud debieron cumplir con alguno de los siguientes criterios: que la continuación del embarazo represente un riesgo para la vida o la salud de la mujer, que el feto padezca una malformación grave incompatible con la vida fuera del útero o que el embarazo sea el producto de una violación o del incesto.

Se estima que la mitad de los abortos en Colombia son inducidos mediante el uso del medicamento misoprostol, un estimulante de las contracciones uterinas y preparación del cuello uterino para el parto. El inadecuado conocimiento de los proveedores sobre su uso y la falta de información de las mujeres acerca del mismo llevan a una tasa de complicaciones innecesariamente alta de un 32 por ciento, entre las cuales la más común es la hemorragia vaginal.

Embarazos no deseados: la raíz
Según las cifras del instituto Guttmacher, el 44 por ciento de los embarazos no planeados en Colombia terminan en un aborto inducido.

En el año 2006 Colombia se unió a los 17 países de América Latina que, entre 1997 y 2008, ampliaron las causas bajo las cuales el aborto puede realizarse legalmente. Sin embargo, siguen habiendo obstáculos como la lentitud de los procesos legislativos en el caso de mujeres víctimas de violaciones y la dilatación o negación de estos procedimientos por parte de algunas entidades.

El ginecobstetra y especialista en medicina materno fetal Enrique Sanín, refiere que “la despenalización del aborto no ha cambiado la pirámide de la morbimortalidad materna o prenatal.
Antes de que entrara en vigencia esta ley prevalecía la vida de la madre sobre la del feto al presentarse una complicación del embarazo potencialmente fatal”. En el caso de las malformaciones fetales incompatibles con la vida el especialista anota: “estas malformaciones son pocas e infrecuentes y se diagnostican con ecografías de tercer nivel que no están dentro del POS, por tanto no se pueden hacer controles antes de las 20 semanas de embarazo.”

El experto refiere además que “en la ley no se puso un plazo, por tanto médicamente es fácil definir la conducta si la paciente tiene menos de 22 semanas de gestación ya que el feto aún no es viable. El vacío de la legislación está en el caso de las mujeres que tienen más semanas y cumplen con algún criterio para terminar el embarazo.”

Frente a las altas cifras de clandestinidad el doctor relata que “en los casos de violación aún sigue habiendo un subregistro importante, y no todas las mujeres desean abortar”. Recalca también que “el aborto séptico (por introducción vaginal de objetos o sustancias irritantes) ha disminuido dramáticamente en los últimos años porque las mujeres compran el medicamento en el ‘mercado negro’.”

El experto destaca que la ley puede ser la puerta de entrada para que en el futuro se apruebe el aborto electivo y los médicos formulen los medicamentos sin el riesgo de las complicaciones que implica la falta de supervisión. Sin embargo, anota que el defecto más grande de la legislación, es que no hay flujogramas que indiquen al médico o a las instituciones qué hacer frente a una mujer que presente un criterio de aborto legal: “no hay grupos interdisciplinarios para el manejo de estas pacientes lo cual las lleva a verse envueltas en trámites dispendiosos y muchas veces innecesarios.”

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